lunes, 20 de abril de 2009
Fondos previsionales sin garantías de seguridad y rentabilidad
La Constitución vigente expresa que "el derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas y será un deber y responsabilidad primordial del Estado".
Para ésto, el Art. 372 estableció la creación del Banco del IESS, para “mejorar la administración de sus activos y el rendimiento de los fondos previsionales, bajo criterios de banca de inversiones".
Ahora último, la mayoría del “Congresillo” (Comisión de Legislación) dio cumplimiento solícito a la iniciativa del Ejecutivo y cuya entrada en funcionamiento se prevé en unos 6 meses.
Las inversiones que venía de hacer el IESS, a través de la “Comisión Técnica de Inversiones" de la entidad, pasarán a futuro a competencia del directorio del Banco conformado por 4 miembros representantes de: afiliados, jubilados, Presidente de la República y del Presidente del Consejo Directivo del IESS. Más pinche aquí
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