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martes, 29 de septiembre de 2009

En Manabi promueven los presupuestos participativos


El nuevo marco constitucional da un importante avance para construir una sociedad más próspera y equitativa, al consolidar y empoderar a los ciudadanos y a las juntas parroquiales rurales, que han venido de estar marginados del Estado no solamente porque han carecido de servicios y de atención a sus necesidades, sino, porque no se han establecido las bases para su desarrollo.
El Art. 272 de la Constitución, establece que la distribución de los fondos del Estado se canalizan a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (incluye a las Juntas Parroquiales) en particular, en función del tamaño de la población, las necesidades básicas insatisfechas y en los logros en las mejoras de las condiciones de vida.
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martes, 18 de agosto de 2009

Obligados a luchar por los derechos ciudadanos


Víctor Muñoz
Con la vigencia de la nueva Constitución, el Estado tiene la obligación de garantizar una serie de derechos: educación, salud, alimentación, vivienda, empleo, buen vivir,…. los cuales pueden ser ejercitados recurriendo a un conjunto de herramientas jurídicas, como los amparos de protección previstos en el capítulo 3ro. que trata de las garantías constitucionales, que para su procedibilidad hará falta organizarse y hacer gestión.
El Art. 88 prescribe que la acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública.
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